Noticias

Antirretrovirales, pruebas de antidoping y discriminación

En México, personas con VIH se ven obligadas a revelar su diagnóstico dentro de su trabajo ya que las pruebas antidoping suelen dar positivo a cannabis cuando la persona toma efavirenz. Es la historia que vivió Miguel Alberto, un joven que vive con VIH desde hace 9 meses y que fue despedido luego de estas pruebas.

En el marco del foro “Derechos Humanos y VIH” organizado por el Instituto Municipal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (INMUPRED) en la ciudad de Querétaro, conversamos con Miguel Alberto quien, junto a otras personas con VIH, compartió diversas experiencias de vida, entre ellas la revelación del diagnóstico en los espacios de empleo, forzado por una prueba de antidoping (o antidopaje). Las pruebas de antidoping suelen dar positivo cuando la persona toma efavirenz.

Dentro de los espacios de empleo las personas con VIH tienen derecho a la confidencialidad, sin embargo se ven obligadas a revelar su diagnóstico cuando se someten a pruebas antidoping. Fue la situación de Miguel Alberto, quien después de 15 días trabajando en una empresa, fue despedido porque la prueba de antidoping dio positivo a cannabis (marihuana). Miguel Alberto se vio obligado a revelar que tomaba tratamiento para VIH –efavirenz- para explicar los resultados de sus pruebas.

“Salió el antidoping positivo únicamente en cannabis. Fue cuando yo empecé a aclarar el asunto con ellos (los empleadores). (…)  Yo les comente que estaba tomando un medicamento que es para VIH”, comentó el joven en la reunión.

A pesar de las explicaciones de Miguel, fue despedido. Después de su ello, en octubre de 2015,  se acercó a la Defensoría de derechos humanos en Querétaro, al considerar que se trató de un hecho discriminatorio, ya que no le permitieron la realización de un segundo examen de laboratorio que lo respaldara. La denuncia fue canalizada a la Procuraduría General de Justicia, al tratarse de una empresa privada, instancia que dejó de dar seguimiento luego de la tercera visita.

A propósito de esta denuncia, y deseosas de conocer la ruta para interponer una queja y la institución responsable; nos acercamos a Rocío Verdugo, subdirectora del Programa de VIH de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, quien explicó que tanto la Comisión Nacional como las Comisiones Estatales de Derechos Humanos atienden las violaciones de derechos humanos y discriminación que tienen lugar en instituciones federales y estatales. Mientras que los actos discriminatorios cometidos por particulares son competencia del CONAPRED u otras instancias.

Verdugo no brindó mayor información sobre los procedimientos a seguir respecto de una queja por discriminación en el ámbito privado.

Para profundizar sobre qué deben hacer las personas con VIH ante una prueba de antidoping dentro de las empresas, Corresponsales Clave solicitó –como usuario simulado- asesoría al área de quejas del CONAPRED. En esta área se nos informó que ante un resultado positivo a cannabis, a pesar de ser consecuencia de un tratamiento para VIH, la instancia en la que se debe demostrar que hay un error, a través de un dictamen médico, es la Procuraduría de la Defensa del Trabajador o las juntas de Conciliación y Arbitraje. Una vez demostrado en esta instancia que hubo despido injustificado, hay algunas acciones que puede hacer la persona afectada para demandar su reinstalación o iniciar una queja por discriminación.

¿Cumplimiento de la Ley o mecanismo encubierto de discriminación?

Es difícil negarse a  hacerse las pruebas de antidoping porque estas se solicitan en el marco de la Ley Federal del Trabajo, que señala que en los establecimientos laborales no se puede asistir bajo la influencia del alcohol o drogas. Es bajo esta normativa que se estarían haciendo pruebas antidoping, incluso previas a la contratación.

Existe la sospecha desde las personas que viven con VIH, incluida quien suscribe la nota, de que este mecanismo se estaría usando para identificar a las personas que viven con VIH, ya que una significativa mayoría de ellas recibe efavirenz como parte de su tratamiento.

El procedimiento de queja, por otro lado, hace recaer sobre el trabajador o la trabajadora la carga de la prueba; es decir, seríamos las personas con VIH quienes debemos probar que se trata de un error en los test de antidopaje y estaría en nuestras manos demostrar que los reactivos a cannabis son consecuencia del tratamiento de VIH.

Ya sea porque se aplican pruebas de antidoping o porque no se capacita en derechos humanos a funcionarios de las empresas privadas, las personas con VIH viven las desventajas de la desinformación respecto del virus y sus vías de transmisión y, como consecuencia, se ven forzadas a revelar su diagnóstico y expuestas a la discriminación.

Desde las organizaciones que trabajan por la no discriminación  se debe impulsar el uso de pruebas específicas, como la cromatografía de gases/espectrometría de masas, una técnica para determinar el uso de cannabis, para evitar los falsos positivos y que motiven el despido o no contratación de personas con VIH.

País: México

Acerca del autor

Ilsa Aguilar Bautista

Socióloga | México
Organización: Queretrans

Tiene estudios de licenciatura en sociología por la UAQ, es presidenta de la Sociedad Civil Queretrans S.C. una colectiva de hombres y mujeres Trans y personas No Binarias (NB) en Querétaro con diversas trayectorias de activismo e incidencia política. Ha participado en el activismo de derechos humanos de poblaciones clave a través delperiodismo comunitario, acude a manifestaciones públicas y visibiliza una transición de género personal. Actualmente co coordina los proyectos de El salon de las Bellezas Trans, El Círculo de Lecturas Trans y el Cineclub de Queretrans.

12 Commentarios

Click aquí para publicar un comentario

Responder a Gonzalito Cancelar respuesta