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Ley de aborto justa y reparadora: una deuda histórica en Ecuador

Por Irene Ayuso Morillo.-

Es el momento de cambiar la historia y está en manos de los asambleístas ecuatorianos contribuir a avanzar en los derechos de las mujeres en un tema tan trascendental como es despenalizar el aborto y garantizarlo en las dos causales propuestas: cuando la vida la mujer corre peligro y cuando existe una violación sexual.

Empecemos por los datos: en el Ecuador,  7 de cada 10 estudiantes  han sufrido acoso o violencia sexual en el ámbito educativo, Desde 2014 hasta mayo de 2021 se registraron 11961 casos de violación sexual, según un estudio de Surkuna, Centro de Apoyo y Protección de los Derechos Humanos.

El 60% de las víctimas de violencia sexual son niñas y el 95% de los agresores están en sus propios hogares, “como una de las expresiones más crueles, porque vemos como los violadores son nuestros abuelos, hermanos, padres, primos, personas que dentro de esta sociedad perpetúan la violencia”, declara Cristina Cachaguay, de Mujeres por el Cambio. 

Foto: Irene Ayuso Morillo

Además, al menos 3000 niñas menores de 14 años dan a luz en Ecuador cada año, algunas hasta de 8 años de edad, que no llegaron a ver su primera menstruación porque estaban embarazadas, según datos extraídos por el Ministerio de Salud ecuatoriano, lo que convierte a Ecuador en el país con mayor tasa de embarazo adolescente en la región después de Venezuela.

Esas fueron algunas de las evidencias sobre maternidades forzadas y historias de vida, que llevaron a la Asamblea las organizaciones defensoras de los derechos de las mujeres en 2019, previo al debate de reformas al Código Penal,   cuando ingresó el primer debate para despenalizar el aborto e incluir a la violación como una causal de aborto legal; sin embargo, en ese año no se logró llegar a un consenso y no fue hasta el 28 de abril de 2021 que se abrió la posibilidad a la interrupción voluntaria del embarazo cuando se constante una violación.

Fallo histórico

El 28 de abril de 2021 se despenalizó el aborto en Ecuador por una decisión de la Corte Constitucional en dos causales:  cuando la vida de la mujer corre peligro no evitable por otros medios y cuando existe una violación sexual.  En esta decisión la Corte solicita que el proyecto de Ley sea debatido en la Asamblea Nacional en un lapso de seis meses en dos debates.

Se trata de un fallo histórico en respuesta a una demanda de inconstitucionalidad planteada por agrupaciones de mujeres desde hace años. “Esta ley no fue regalada, sino al contrario, fue luchada por el movimiento de mujeres y feministas que hemos acompañado a las sobrevivientes de violencia y les decimos a los asambleístas que tienen dos opciones, o están con las sobrevivientes de violencia sexual o a favor de los violadores y pederastas que lo cometen”, argulle Cristina Cachaguay, presidenta de Mujeres por el Cambio, una de las organizaciones que interpuso la demanda en la Corte Constitucional.

Foto: Irene Ayuso Morillo

El primero de los debates tuvo lugar el pasado 9 de diciembre de 2021, sesión en la que se escuchó a 23 representantes de diferentes organizaciones y entidades relacionadas a este tema, incluídos colectivos pro vida, feministas, genetistas, médicos y otros, así como a 24 asambleístas que expusieron sus argumentos. El proyecto de ley se presentará a segundo debate y su aprobación para principios de enero, de acuerdo con los plazos de la Corte Constitucional.

La Asamblea Nacional debe regular la aplicación de esta ley con nudos críticos como son la temporalidad en la que las mujeres pueden acceder a un aborto por violación, los requisitos para el mismo y la objeción de conciencia.

Aborto legal para no morir

Más allá de un tema jurídico es un tema humano”, destaca Ana Vera, directora ejecutiva de la organización Surkuna, y sostiene que respecto a la temporalidad, los asambleístas no entienden la diferencia entre régimen de causales: “no se puede limitar con plazos una causal tran extrema como la violación, porque esta causal habla de la protección especial a mujeres víctimas y sobrevivientes de violencia sexual que son un grupo, no sólo de atención prioritaria sino de protección especial por el nivel de vulnerabilidad que implica la violencia sexual en la vida de las mujeres”, sentencia.

“Venimos de un país sumamente religioso, que no ha logrado entender la necesidad de que el aborto es una cuestión de salud pública, que, con ley o sin ley, las mujeres abortábamos”, asegura Cachaguay.

Además, hay una condición de clase, en un país donde las mujeres rurales se encuentran en zonas remotas para acceder a servicios de salud, poner plazos es excluir a las mujeres más vulnerables.

El segundo tema de fuerte debate es el requisito para acceder a la causal violación, y Ana Vera plantea que no se puede pedir la denuncia como condición de acceso, “más aún en sistemas de justicia tan precarios como los nuestros”, repara. Por tanto,  se propone que las mujeres puedan acceder con una solicitud en el sistema de salud y que sea la propia institución la que tenga que denunciar, de manera que no se pone la carga de la denuncia en las mujeres.

Foto: Irene Ayuso Morillo

La tercera gran discusión está alrededor de la objeción de conciencia y “ahora la lucha es que esté regulada de forma adecuada para que se garanitce que sea individual y que haya una declaratoria previa, con el objetivo de que los gestores del servicio siempre puedan garantizar que haya personal no objetor, que no se sacrifique el derecho de la mujer, de la niña, de acceder a un aborto legal”, prosigue Ana Vera.  

“Lograr que el aborto no se penalice al menos en los casos de violación sigue siendo para nosotras un mínimo”, alega Ana Vera y añade que “es indignante pensar que estamos pasando por un debate tan complejo cuando estamos debatiendo una causal tan extrema”.

El respeto a los derechos sexuales y reproductivos es indispensable para la dignidad humana. Están reconocidos en las leyes nacionales, en documentos internacionales sobre derechos humanos y en muchos documentos de las Naciones Unidas aprobados por consenso.  Son normas que protegen y facilitan el derecho de las personas a tomar y hacer respetar decisiones libres e informadas sobre su vida sexual y reproductiva, sin sufrir violencia, coacción ni discriminación.

Una ley justa y reparadora

“Queremos una ley justa y repadora, que se legisle desde una perspectiva de derechos humanos buscando una ley plural que permita que estén dentro todas las mujeres, personas gestantes, niñas, adolescentes y sobre todo las más vulnerables y el reto no es solo cambiar la ley sino también el imaginario”, destaca Ana Vera.

“Nosotras decimos que hay una deuda histórica con los movimientos de mujeres, con las niñas, con las adolescentes y que el Estado, el gobierno, y la Asamblea Nacional no pudieron cumplirla en 2019; ahora, en 2021, tienen una segunda oportunidad, entonces hay que ver qué sucede en la primera semana de enero en la Asamblea”, declara Cristina Cachaguay y dictamina: “Estamos vigilantes, sí, porque hay un derecho ganado, la despenalización del aborto esté en Ecuador, y lo que no se puede permitir es la revictimización, la estigmatización y la criminalización que en la práctica se da en el país, además de la clandestinidad, que es la que se lleva la vida de muchas mujeres”.

Que el aborto no se penalice sigue siendo un mínimo para Ana Vera, el aborto debería ser considerado un derecho y, en esa misma línea, Cristina Cachaguay establece que “el primer paso es despenalizar y avanzar en las causales pero sin duda alguna debemos girar la historia apresuradamente para que el aborto deje de ser clandestino y sea un derecho para todas, en cualquier condición, en cualquier parte del mundo”.

País: Ecuador

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Irene Ayuso Morillo

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