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Personas privadas de la libertad requieren alimentos para vencer la tuberculosis

Es sabido que la tuberculosis es una enfermedad relacionada con la situación de la pobreza y la desnutrición y que una adecuada alimentación es clave para culminar satisfactoriamente el tratamiento. Esta es la principal razón por la cual los países, incluido el Perú, buscan garantizar la provisión de alimentos a las personas afectadas por la tuberculosis durante el tiempo de tratamiento. Esto, sin embargo, no se cumple para las personas privadas de la libertad, una población especialmente vulnerable a esta infección.

En el Perú, desde hace varias décadas se provee una ración de alimentos para las personas afectadas por la tuberculosis y se considera que es de mucha importancia para el mejoramiento de la salud de las personas afectadas por la tuberculosis.  En 2014, a través de la Resolución Ministerial 653 – 2014 MINSA se ajustó la composición de la Ración alimentaria para las personas con tuberculosis y su familia, la que se conoce como Canasta PAN TBC, para cubrir el 50% de los requerimientos de la persona afectada y cuatro contactos intradomiciliarios. En este ajuste se consideró cereales, menestras, productos de origen animal de alto valor biológico y aceite vegetal. La composición exacta de la canasta puede varias según la zona geográfica, por ejemplo, en la costa se compone de 15 latas de leche evaporada, 15 latas de conserva de pescado, 15 kg de arroz blanco corriente, 5 kg de menestras, 5 kg de maíz, 4 kg de papa seca, 2 kg de quinua, 4 L de aceite vegetal y 5 kg de azúcar rubia.

Hoy, la rectoría de la canasta PanTBC está en el MIDIS y su operacionalización recae en las municipalidades.

La gestión de las canastas pasó del Ministerio de Salud (MINSA) a lo que hoy es el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (antes Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; para luego ser absorbido por el  Ministerio de Desarrollo e Inclusión (MIDIS) y su operacionalización se da a través de las municipalidades provinciales de todo el Perú. Sin embargo, la canasta no alcanza a las personas privadas de su libertad afectadas por la tuberculosis.

Conversamos con Carlos Rojas, coordinador de la Mini subvención Nacional PPL Perú – INCIDE TB LAC, quien, desde Trujillo, una ciudad ubicada al norte del país, respondió al respecto.

CC: ¿Cuál es la situación del acceso a la canasta PanTBC en el caso de las personas privadas de la libertad?

Carlos Rojas: “En la actualidad ninguna persona privada de su libertad (PPL) en el país recibe la canasta de alimentos del Programa PANTBC, a pesar de que las normas son claras en el sentido de que esta canasta se debe de brindar a todas personas afectadas por la tuberculosis y que reciben tratamiento.

Tenemos que tener en cuenta que una persona afectada de tuberculosis necesita de una complementación alimentaria porque necesita cubrir el desgaste que le produce la enfermedad en su organismo y esto generalmente no es cubierto por la alimentación diaria que en el caso de un gran porcentaje de personas afectadas ya es de por sí deficiente, producto de la pobreza e inseguridad alimentaria, el tema se agrava en el caso de las PPL ya que ellas dependen para alimentarse exclusivamente de lo que les provee el estado en los centros de reclusión donde las raciones de alimentos son las mismas tengas o no la enfermedad. En estos momentos se está brindando la canasta a las personas afectadas de tuberculosis que reciben tratamiento del Ministerio de Salud, la Seguridad Social, Fuerzas Armadas, Fuerzas Policiales, la pregunta es porque no a las que están privadas de su libertad y están bajo la responsabilidad del Ministerio de Justicia.

Aún hay vacíos normativos que garanticen la salud de las PPL.

Rojas hace referencia a la Resolución Ministerial del MIDIS que señala claramente que todas las personas con tuberculosis que reciben tratamiento, deben recibir la complementación alimentaria.

 CC: ¿Qué instancias son las responsables de garantizar la provisión de los alimentos a las personas privadas de la libertad afectadas por la tuberculosis?

Son varias las instancias que tienen que conjugar su labor para hacer que las normativas se cumplan, sin duda el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), como gestor directo del Programa, tiene un rol principal; pero también está el Ministerio de Salud, pues finalmente su mandato es  garantizar que toda persona afectada de tuberculosis concluya su tratamiento y se cure, el INPE y, por consiguiente, el Ministerio de Justicia son otros actores que también deben involucrarse directamente ya que ellos administran los centros de reclusión y deben garantizar el acceso a la atención de salud y cubrir las necesidades de las personas recluidas.

¿Qué trabajo están realizando ustedes para garantizar este derecho de las PPL?

Estamos impulsando un esfuerzo conjunto con otros actores de sociedad civil para hacer visible la problemática relacionada a la falta de entrega de la canasta PANTBC a las personas privadas de su libertad afectadas de tuberculosis, asimismo vamos a convocar a las diferentes instancias públicas involucradas, como el MINSA, INPE y MIDIS, para establecer la hoja de ruta que garantice el cumplimientos de las leyes y normativas, el acceso a la complementación alimentaria del programa PANTBC en esta población.

A partir de lo señalado por Rojas, aún hay vacíos normativos para garantizar la implementación de la norma que beneficie a las personas privadas de la libertad. Desde las organizaciones de la sociedad civil se está trabajando, con el apoyo del Fondo Mundial y StopTB, primero en la sensibilización de las autoridades, para luego incidir en la dación de normas que garanticen este derecho.

País: Perú

Acerca del autor

Lídice López Tocón

VIH y Derechos Humanos | Perú
Organización: Corresponsales Clave

Licenciada en Psicología Social y con una fuerte vocación de comunicar la situación de la respuesta al VIH y en derechos humanos de las personas más marginalizadas en América Latina y el Caribe.

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