Inmediatamente después del programa del periodista Jorge Lanata en el que emitiera expresiones discriminatorias y despectivas al derecho a la identidad de género, organizaciones LGBTI y personas individuales rechazaron los dichos y presentaron denuncias.

En concordancia -y como director de un programa radial LGBTI y comunicador- presenté una denuncia frente a la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual (el organismo que regula la comunicación en radio y la televisión y que cuida que no se promuevan o se inciten tratos discriminatorios o violencia simbólica contra las personas).
La nota estuvo dirigida a la Lic. Cynthia Ottaviano que preside dicho organismo y solicitaba la intervención contra el periodista Lanata quien, entre otras cosas, dijo en relación al derecho a la identidad de género: «…Hablando de los documentos, ¿por qué hay que poner sexo? Sos una persona, después, con quién te acostás, es un problema tuyo. Esto que te den el documento de mujer y sos trava*, no sos una mina**, sos un trava con documento de mina…» Y en referencia a la popular y mediática actriz trans argentina Florencia de V, dijo: «Cuando a Flor de la Ve le dan el documento y dice ‘soy mujer, soy madre’, disculpame: no sos, en todo caso sos padre».
Los dichos del señor Lanata, violan la ley, además de ser discriminatorios, y deberían ser penados. Y plantean una vez más la necesidad urgente de que la ley antidiscriminatoria de nuestro país, la Nº 23.592 que se aprobó hace 26 años, incluya la discriminación por orientación sexual e identidad y expresión de género.
Pero además son contrarios al espíritu de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual Argentina N° 26.522 que en su artículo 3 dice que “Se establecen para los servicios de comunicación audiovisual y los contenidos de sus emisiones, los siguientes objetivos: m) Promover la protección y salvaguarda de la igualdad entre hombres y mujeres, y el tratamiento plural, igualitario y no estereotipado, evitando toda discriminación por género u orientación sexual.” Y en su artículo 70 expresa que “La programación de los servicios previstos en esta ley deberá evitar contenidos que promuevan o inciten tratos discriminatorios basados en la raza, el color, el sexo, la orientación sexual, el idioma, la religión, las opiniones políticas o de cualquier otra índole,(…) o que menoscaben la dignidad humana o induzcan a comportamientos perjudiciales para el ambiente o para la salud de las personas y la integridad de los niños, niñas o adolescentes.”

Desde distintos espacios trabajamos para seguir construyendo una democracia con igualdad, inclusión y sin discriminación por orientación sexual, identidad de género y sus expresiones. Los medios de comunicación, los y las periodistas y conductores también tenemos esta responsabilidad.
Además esas expresiones van en contra absolutamente del sentir de la Ley de Identidad de Género que rige en nuestro país, y a los derechos humanos, expresamente garantizados para nuestra comunidad LGTBI en la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.
Cynthia Ottaviano, Defensora del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual ha actuado en relación al pedido que hicimos sumado al accionar de otras presentaciones de personas individuales y distintas organizaciones. Según consta en la Nota N° 937/2014 que pueden encontrar en este vínculo, correspondiente a lo actuado el 15 de agosto.
La actuación considera un espacio de conciliación y pedido de disculpas, entre otras medidas.
Un éxito de todos y todas contra la transfobia y por una comunicación no sexista.
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*Trava: jerga utilizada para referirse a las personas trans.
*Mina: argentinismo para referirse a la mujer.
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