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Repudio a proyecto de ley de VIH en Panamá

Hace un año, el proyecto de Ley de sida de Panamá fue noticia por una serie de problemas en su redacción; hoy es fuertemente repudiado por las ONG en su trámite parlamentario. El proyecto de Ley tiene graves fallas técnicas y abunda en conceptos religiosos y prejuiciosos.

Después de más de tres décadas de trabajo en VIH/Sida, hay un máxima que sigue siendo relevante, “legislar sobre VIH/SIDA es templar una espada de doble filo”. Es cierto, que la mayoría de las leyes relacionadas con el VIH y el sida han perdido vigencia dado que fueron sancionadas en la década de los noventa, pero cierto es también, que los gobiernos han sancionado normas y reglamentaciones menores que con posterioridad han cubierto las brechas de legislaciones vencidas.

Desde el resonado caso de la ley de República Dominicana a la fecha, en todas las reformas de legislativas en la región, hemos enfrentado situaciones muy criticas que vulneran los derechos de la personas con VIH, las poblaciones clave y los ciudadanos en general. Existen tres fenómenos que generan “espirales viciosos”: 1) el desconocimiento y falta de capacidad de algunos programas nacionales y organizaciones de la sociedad civil para meterse en el complejo mundo de legislar, 2) los prejuicios de muchos de los que integran los comités y grupos de trabajo y 3) la ignorancia casi plena de los parlamentarios en asuntos de salud en general, y de VIH/Sida, ITS, tuberculosis y hepatitis en particular. Un coctel letal, que resulta en malos borradores, cuyas fallas se profundizan en las comisiones y el pleno legislativo, retrocediendo en derechos, como uno de los resultados constantes.

 

La nueva ley vulneraría principios fundamentales, al prescindir del consentimiento libre e informado de la persona.

El caso Panameño

Después de cuatro años de un largo y traumático proceso de construcción del proyecto de Ley en una suerte de plataforma multisectorial, la Cámara de Diputados Panameños está a punto de aprobar el proyecto de ley 518, que establece el Marco Jurídico para el “Abordaje Integral de las Infecciones de Transmisión Sexual y Virus de Inmunodeficiencia Humana” y el principal problema encontrado por la sociedad civil local, es la reglamentación del consentimiento libre e informado del diagnóstico del VIH.

Un frente amplio de organizaciones de la sociedad civil, que listamos abajo, han publicado un comunicado con su rotunda oposición, cuyos fragmentos reproducimos a continuación:

“Al adicionar el numeral 3 del Art 7 y transformar el Art. 8 se vulneran principios fundamentales, al prescindir del consentimiento libre e informado de la persona y crea un ambiente ventajoso para el negocio a expensas de la coerción y la violencia. (…) comprendemos que la razón para introducir la obligatoriedad no responde a beneficios o necesidades de la población, sino a intereses económicos. Las modificaciones violan la Declaración Política sobre VIH, que Panamá suscribió y en la que se comprometió: “…a eliminar, reformar o legislar toda acción que refuerce el estigma, la discriminación, incluyendo la obligatoriedad de la prueba del VIH…”

El comunicado completo se encuentra disponible en este vínculo y el proyecto de ley aquí (el que no tiene desperdicios). Las redes regionales con trabajo en VIH cuetionana severamente la ley y se han pronnciado en un comunicado: http://bit.ly/redesleypanama

No está de más recordar que la Organización Mundial de la Salud, la Organización Panamericana de la Salud y ONUSIDA desaconsejan categóricamente las pruebas involuntarias, obligatorias y coercitivas del VIH (como también otros abordajes de este proyecto de ley).

Una caja de Pandora

Igual que hace un año, el proyecto de ley sigue infiltrado de una serie conceptos y nociones (mezcla de la religión y prejuicios) que nada tienen que ver con una respuesta basada en las evidencias. Miremos una muestra representativa de éste problema legislativo:

Abstinencia y fidelidad

 

En el Artículo quinto, numeral 1, se incluye la noción de abstinencia y se la define como: “Es una renuncia voluntaria de complacer un deseo o un apetito de ciertas actividades corporales que se experimentan intensamente como placenteras. Es una renuncia voluntaria de complacer un deseo, que se suele concretar con ciertas actividades corporales que se producen placer”.

Pero la moralina no concluye ahí, en el numeral 16 se define Fidelidad como “la capacidad de no engañar, no traicionar a los demás. Es un valor moral que faculta al ser humano para cumplir con los pactos y compromisos adquiridos. La fidelidad es entonces el cumplimiento de la palabra dada. El que es fiel cumple la promesa a pesar de los cambios en las ideas, las convicciones y los sentimientos, que pudiera provocar el tiempo”.

Pero para demostrar la tesis que este proyecto de ley es muy pobre de ciencia y sentido común, pero rico en religión y prejuicios tenemos el Artículo 18 que versa: “El Ministerio de Salud promoverá y mantendrá un buen nivel de información para la relación sexual más segura, y fortalecerá las campañas educativas sobre abstinencia, retraso del inicio de relaciones sexuales, fidelidad y uso correcto y consistente del condón, como medios efectivos para prevenir la transmisión de ITS y/o VIH”. En la misma línea, el Artículo 33 “obliga a toda institución que incluyan, entre otros temas, la promoción de la abstinencia, fidelidad y retardo en las relaciones sexuales, la prevención mediante el uso correcto y consistente del condón, la atención integral, valores éticos y morales, estigma y discriminación. La información sobre la materia actualizada y de los avances científicos sobre las ITS y/o VIH”.

Los deportes contagiosos

 

El alto grado de desconocimiento técnico logra niveles olímpicos en el Artículo 42 que dice: “… En las actividades deportivas de contacto, se promoverán las pruebas de las ITS y/o VIH, con previa asesoría, consentimiento, confidencialidad, resultados confirmados y vínculo con los programas de prevención y atención integral”. Cabe recordarles a los autores de la norma que el único contacto por el que se puede transmitir el virus es en el intercambio de jeringas y las relaciones sexuales sin protección, no así en ningún otro deporte existente.

Morir en las cárceles

Es notable el Artículo 47, dónde las autoridades impulsoras de la ley, reconocen que existen personas privadas de la libertad en “estado terminal”, a quienes se les reconocerá el derecho a morir en sus casas. ¿Es que el Estado Panameño no es responsable de la vida y la salud de las personas privadas de la libertad? Se reconoce flagrantemente, que las personas en Panamá viven con VIH fuera de las cárceles y mueren de sida dentro de ellas.

Por último, es muy preocupante que, en el Artículo 69, la ley avance determinando las responsabilidades de las Organizaciones de la Sociedad Civil, en un muy inusual reglamentarismo y control sobre las ONG en un país democrático.

Podríamos seguir extendiéndonos en detallar las fallas técnicas de la ley, pero resultaría un ejercicio muy tedioso. La única forma de salvar el proyecto de ley 518, es reescribiéndolo por un grupo de técnicos laicos que propongan una norma moderna, basada en las evidencias, que no ponga en riesgo los derechos de las personas (entre ellos el derecho a una educación sexual integral, libre de prejuicios) .

Hacemos un llamado a las Agencias del Sistema de Naciones Unidas, al Grupo de Cooperación Técnica Horizontal, las redes regionales y globales de población clave, y de personas que viven con el VIH a ofrecer su urgente colaboración a los diferentes sectores de la respuesta panameña, con el propósito de enmendar este proyecto de ley de forma que el país no caiga en la oscuridad de un pasado de la epidemia, que ha costado tantas vidas y debiéramos haber dado por superado.

Las Organizaciones de la Sociedad Civil de Panamá que han firmado el comunicado son: Asociación Viviendo Positivamente (AVP), Asociación de Hombres y Mujeres Nuevos de Panamá (AHMNP), Asociación Nuevos Horizontes (ANH), Asociación Panameña de Personas Trans (APPT), Grupo Génesis Panamá+ (GGP+), Asociación Cambiando Vidas, Mujeres con Dignidad y Derechos de Panamá (MDDP), Mujeres Luchando por sus Derechos (MILD), Red Centroamericana de Personas con VIH (REDCA+), Comunidad Internacional de Mujeres Positivas (ICW), Red de Jóvenes Positivos, Red de Atención Integral y Continua en VIH de Panamá Centro, Comité de Derechos Humanos de Panamá, APLAFA y la Alianza Pro Igualdad.

Acerca del autor

Javier Hourcade Bellocq

Editor responsable de Corresponsales Clave y Representante Regional de América Latina y el Caribe | Argentina
Organización:International HIV/AIDS Alliance

Javier Hourcade Bellocq es el Editor Responsable de Corresponsales Clave y trabaja en VIH desde 1987. Fue uno de los fundadores y el primer Secretario Regional de la Red Latinoamericana de Personas Viviendo con VIH (RedLa+). Desde 2003, Javier trabajó para la International HIV/AIDS Alliance (Frontline AIDS), primero como Oficial de Programas Senior a cargo del programa de la Alianza en Ecuador, y desde 2005 como Representante Regional para América Latina y el Caribe. Javier es miembro de la Delegación de las Comunidades de la Junta del Fondo Mundial y fue Miembro de la Junta del Fondo Mundial entre 2006 y 2009. Está basado en Buenos Aires, Argentina.

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