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VIH y cannabis: Argentina aprobó Ley para uso medicinal

El 29 de marzo pasado, el Senado de Argentina aprobó la Ley que establece el uso medicinal, terapéutico y paliativo del cannabis (marihuana) y sus derivados, garantizando y promoviendo, de esta forma, el cuidado integral de la salud. Sus beneficios alcanzan a las personas con VIH.

Con 58 votos a favor, Argentina aprobó la norma sin debate previo, debido a que senadores y senadoras habían acordado avalar la iniciativa que venía con la aprobación de la Cámara de Diputados de la Nación, y debido al extenso tratamiento y consenso logrado en las comisiones.

La Ley aprobada, que tuvo como antecedentes nueve proyectos de ley de legisladores de distintos partidos políticos, garantiza a ciertos pacientes el acceso al aceite de Cannabis, habilitando su importación hasta que el Estado se encuentre en condiciones de producirlo, con prioridad para los laboratorios agrupados en la Agencia Nacional de Laboratorios Públicos (ANLAP).

Senado aprobó la Ley con 58 votos. (Foto: http://www.radiosantafe.com)

La medida tiene un efecto positivo en la promoción de la salud de personas con determinadas patologías, entre ellas las Personas con VIH.  En efecto, el discurso inserto por la Senadora Nacional, Silvina Marcela García Larraburu, decía que “Hoy estamos abordando una iniciativa que busca mejorar la calidad de vida de los pacientes que no encuentran en otros medicamentos los efectos requeridos para sus dolencias. El uso médico del cannabis suele ser para tratar afecciones relacionadas con el dolor crónico, las atenciones paliativas, las infecciones, la artritis, las afecciones inflamatorias del sistema nervioso, las deficiencias del apetito y las convulsiones, entre otras” y señaló a la infección por VIH como una de las patologías específicas en las que más se utiliza.

El Poder Ejecutivo Nacional deberá reglamentar la ley sancionada en el plazo de sesenta días, a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina, y precisar las patologías incluidas en el Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales creado bajo la rectoría del Ministerio de Salud.  Es decir que este, como autoridad de aplicación y la reglamentación determinaran las personas que podrán acceder gratuitamente al aceite y demás derivados del cannabis.

Cannabis y VIH

Desde hace varios años, se ha venido defendiendo el uso del cannabis (marihuana) para algunas dolencias específicas asociadas al VIH y al sida.

Mar Lucas Gómez, directora de proyectos de la Fundación Huésped manifestó a Corresponsales Clave que “la sanción de la ley de cannabis medicinal es un paso importante en el reconocimiento de las propiedades que la planta ofrece para el bienestar y la salud. (…) Los efectos paliativos han sido ampliamente demostrados para el aumento del apetito, la disminución de las náuseas, la mejora del estado de ánimo, el alivio de dolores musculares, neuropatías y parestesias (sensaciones de ardor, hormigueo o picor). Muchas personas con VIH ven afectados estos aspectos de su calidad de vida, y la planta de cannabis puede ser una gran aliada para su recuperación.” Sin embargo, Gómez fue clara al señalar que “no hay evidencia respecto a que modifique los niveles de carga viral o que incida de alguna otra manera en el ciclo de vida del virus”.

Mamá Cultiva, junto a otras organizaciones, perseveraron por la aprobación de esta ley.

Desde Fundación Huésped felicitamos a Mamá Cultiva, organizaciones de familiares y científicas que han logrado con su perseverancia y activismo que nuestros legisladores den el primer paso dictando una legislación que ciertamente mejorará la calidad de vida de muchas personas” concluyó Gómez.

A su tiempo, Federico Napiarkorvski, de la Agrupación Jardín del Unicornio, que trabaja por la legalización de la cannabis para todos sus usos, dijo a Corresponsales Clave que “La ley de cannabis medicinal viene a establecer un marco regulatorio para la investigación médica y científica del uso medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor del cannabis. En ese sentido es un avance, dado que la investigación estuvo prohibida a raíz de toda la estigmatización con la que se trató a la planta, y esto permitirá utilizarla para el tratamiento de diversos padecimientos “reconocidos”, como la epilepsia refractaria, esclerosis, artrosis, VIH, y muchas otras”.

A pesar de que ambos entrevistados celebran la aprobación de esta ley, señalaron que es insuficiente. Gómez criticó la “limitación de su consumo a algunas patologías y la restricción de la forma de presentación al aceite, así como la penalización del autocultivo y el sostenimiento de medidas represivas para quienes cultivan para consumo personal, son aún deudas pendientes para que los beneficios que la planta proporciona puedan llegar a más personas”.

Napiarkorvski, en esa misma línea, dijo que “lo cierto es que mientras las investigaciones y una eventual producción nacional avancen, la ley no establece cómo van a ser abastecidas las personas que hasta el momento venían utilizando aceite de cannabis gracias a la acción solidaria de quienes cultivan para sí mismos. En este punto, es una ley hipócrita dado que al mismo tiempo que reconoce y promueve los usos medicinales, muchos cultivadores están siendo allanados y criminalizados, como Adriana Funaro, quien actualmente cumple prisión domiciliaria desde el 20 de febrero por cultivar cannabis y producir aceite para tratar sus dolencias y las de otras personas a quienes abastecía en forma solidaria”.

Federico precisó que “es necesario avanzar en la legalización del cannabis para todos sus usos, contemplando el autocultivo y respetando los derechos humanos de todas aquellas personas que consideran que el cannabis mejora su calidad de vida”.

Es de destacar que el uso medicinal del cannabis ya era admitido en numerosos países de Europa y América, como por ejemplo Uruguay, Colombia, Chile, Alemania, Francia, España, entre otros.

País: Argentina

Acerca del autor

Matías Jesus Ríos

Diplomado en Promoción de Derechos y Políticas Antidiscriminatorias (RIOOD - 2.015), Diplomado en Ley de Medios y Reconversión Cultural (UNaM/UNVM - 2.015), Auxiliar en Cuidados Gerontológicos (UNaM – DINAPAM, 2.015), Diplomado en Derechos Económicos, Sociales y Culturales (UNPSJB 2.016), Diplomado en Derecho Penal y Procesal Penal (CEADe 2.017). Argentina

Actualmente resido en la Ciudad de Candelaria, Provincia de Misiones, República Argentina. Soy estudiante avanzado de la carrera de Abogacía (U.E. Siglo21) y de la Diplomatura en Dirección del Servicio Nacional de Facilitadores Judiciales (Beca OEA – Universidad de la Cuenca del Plata). Diplomado en Promoción de Derechos y Políticas Antidiscriminatorias (RIOOD - 2.015), Diplomado en Ley de Medios y Reconversión Cultural (UNaM/UNVM - 2.015), Auxiliar en Cuidados Gerontológicos (UNaM – DINAPAM, 2.015), Diplomado en Derechos Económicos, Sociales y Culturales (UNPSJB 2.016), Diplomado en Derecho Penal y Procesal Penal (CEADe 2.017). Fui Promotor de Salud y Derechos en el Programa "Cerrando brechas Hacia el Acceso Universal" Financiado por el Fondo Mundial de Lucha contra el Sida, la Tuberculosis y la Malaria (2.012 – 2.013) y Encuestador para el estudio sobre las Condiciones de Vida de la Población PEMAR. Me desempeñe como Jefe del Departamento de Diversidad e Identidad del Ministerio de Derechos Humanos de la Provincia de Misiones en el Periodo 2.013 - 2.016. Autor del "Informe Preliminar sobre el Acceso a la Salud Integral de las Personas Trans en la Provincia de Misiones" (2.015) y del Informe "Conociendo a la Población Trans de la Provincia de Misiones" en base a los resultados del Relevamiento de Personas Trans del año 2.015. Creador del Comité de Respuesta al VIH/Sida integrado por el Estado y la Sociedad Civil y redactor del Convenio que promueve la accesibilidad universal al Sistema de Salud en Misiones de las Personas L.G.B.T. Autor de numerosos proyectos de Ley, Ordenanzas e informes sobre la situación que atraviesan las Personas LGBTI en Misiones. Actualmente me desempeño como Auxiliar en la Defensoría Publica Oficial de Primera Instancia ante los Juzgados Federales de Posadas, Misiones, Argentina.

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